ARTÍCULO 18 LEY 7/2007 ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO.

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Rellena los huecos con la palabra que falta, incluyendo los acentos, si los tuviera (da igual mayúsculas que minúsculas). Usa el botón "¡Auxilio, una letra!" para conseguir una letra, a la altura que quieras, de la palabra que te esté dando problemas. Puedes también pinchar en el botón "?" para conseguir una pequeña pista sobre la palabra que tienes que poner. Lo malo es que perderás puntos por echar mano de las pistas y de las peticiones de letras. No importa, ¡lo importante es aprender! Al final del ejercicio, presiona "Comprueba tus respuestas". Si arriba, en una franja color arena, el Explorer te avisa de que ha bloqueado el archivo, pincha en ella y marca "permitir contenido bloqueado".
ARTÍCULO 18. DE LOS FUNCIONARIOS .

1. La se realizará mediante procesos que garanticen el cumplimiento de los principios de , y así como los contemplados en el artículo . de este Estatuto.

2. Los deberán poseer los exigidos para el , tener una de, al menos, de servicio en el , o de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga y las correspondientes .

3. Las de Función Pública que se dicten en de este Estatuto articularán los sistemas para realizar la , así como también podrán determinar los y a los que podrán acceder los funcionarios pertenecientes a otros de su mismo .

Asimismo las de Función Pública que se dicten en del presente Estatuto podrán determinar los y a los que podrán acceder los funcionarios pertenecientes a otros de su mismo .

4. Las adoptarán medidas que incentiven la de su personal en los procesos selectivos de y para la progresión en la .