ARTÍCULO 13 LEY 7/2007 ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO.

www.testandtest.es

Rellena los huecos con la palabra que falta, incluyendo los acentos, si los tuviera (da igual mayúsculas que minúsculas). Usa el botón "¡Auxilio, una letra!" para conseguir una letra, a la altura que quieras, de la palabra que te esté dando problemas. Puedes también pinchar en el botón "?" para conseguir una pequeña pista sobre la palabra que tienes que poner. Lo malo es que perderás puntos por echar mano de las pistas y de las peticiones de letras. No importa, ¡lo importante es aprender! Al final del ejercicio, presiona "Comprueba tus respuestas". Si arriba, en una franja color arena, el Explorer te avisa de que ha bloqueado el archivo, pincha en ella y marca "permitir contenido bloqueado".
SUBTÍTULO I. PERSONAL .

ARTÍCULO 13. PERSONAL .

El y los Órganos de de las Comunidades Autónomas podrán establecer, en de este Estatuto, el régimen jurídico del personal así como los para determinar su , de acuerdo, entre otros, con los siguientes principios:

1.Es personal el que desarrolla funciones en las Administraciones Públicas, definidas como tales en las normas de cada Administración.

2. Su atenderá a principios de y y a criterios de , y se llevará a cabo mediante que garanticen la y .

3. El personal estará sujeto a con arreglo a los criterios de y , por su gestión y control de en relación con los que les hayan sido fijados.

4. La determinación de las de empleo del personal directivo no tendrá la consideración de materia objeto de a los efectos de esta Ley. Cuando el personal reúna la condición de personal estará sometido a la relación de carácter de .